Primera llamada gratis · Sin compromiso · Toda España

¿Tienes deudas
que no puedes pagar?

Cancelamos deudas con la Ley de Segunda Oportunidad

Hay una ley que puede borrarlas. Es la Ley de la Segunda Oportunidad, es legal y es para gente como tú.

Te decimos si puedes usarla en 1 minuto. Gratis.

Ver si puedo borrar mis deudas O llámanos: 601 10 58 75
  • Sin compromiso
  • Primera llamada gratuita
  • Abogados colegiados
Ejemplo de un caso Persona con 5 acreedores

Lo que debía

  • Préstamo del banco19.840 €
  • Tarjeta revolving11.365 €
  • Financiera del coche8.470 €
  • Descubiertos y comisiones2.135 €
  • Hacienda y Seguridad Social11.314 €
TOTAL53.124 €

Paso judicialEl juzgado dicta sentencia de exoneración del pasivo insatisfecho

EXONERADO

Le quedó por pagar

0 €

Y le borraron de las listas de morosos

Ejemplo orientativo para explicar cómo funciona. Cada caso es distinto y quien decide es el juez.

Abogados
colegiados
Ley oficial
del Estado
Precio claro
y todo incluido
Te atiende
una persona

¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

Te lo contamos en tres frases. Sin palabras raras.

Debes dinero

Al banco, a financieras, a Hacienda, a la Seguridad Social o a personas. Y no llegas a pagarlo.

Un juez lo mira

Presentamos tu caso en el juzgado. Enseñamos que has sido honrado y que no puedes pagar.

Te las perdonan

Tus deudas desaparecen, no tienes que pagarlas. Te quitamos de las listas de morosos. Empiezas de cero.

Qué deudas se cancelan

Con la Ley de Segunda Oportunidad se cancelan casi todas las deudas de un particular o un autónomo. Estas son las que vemos cada día.

Sí se cancelan

  • Préstamos personales y créditos al consumo
  • Tarjetas revolving y descubiertos del banco
  • Microcréditos y créditos rápidos por internet
  • Financieras de coche, muebles o electrodomésticos
  • Deudas del negocio si eres o has sido autónomo
  • Avales y préstamos que firmaste por otra persona
  • Recibos impagados, comisiones e intereses
  • Multas de tráfico y deudas con tu ayuntamiento
  • Hacienda y Seguridad Social, con los límites de la ley

No se cancelan

  • Pensiones de alimentos de tus hijos
  • Deudas por responsabilidad civil de un delito
  • Salarios que debas a tus propios trabajadores

Si tienes alguna de estas, el resto sí puede cancelarse. Te lo separamos en la primera llamada.

Resuelve tus dudas

¿Qué requisitos hay para acogerse?

Son tres, y en lenguaje normal:

  • No poder pagar. Que tus ingresos no den para cubrir lo que debes.
  • Ser deudor de buena fe. Que no hayas ocultado bienes ni engañado a nadie a propósito.
  • Sin condenas económicas recientes. No haber sido condenado por determinados delitos económicos en los últimos diez años.

No hace falta haber tenido una empresa ni deber cientos de miles de euros. La mayoría son personas que encadenaron préstamos y tarjetas hasta que la cuota superó lo que entra en casa.

Tengo una vivienda, ¿puedo igualmente?

Sí. Tener casa no te deja fuera. Lo que cambia es el camino que conviene seguir, y eso depende de si es tu vivienda habitual, de cuánto vale, de cuánto queda de hipoteca y de si estás al día con ella.

La ley prevé varias vías según esa situación. Lo estudiamos y te lo explicamos claro antes de que decidas nada.

Soy autónomo, ¿me sirve?

Sí, y es uno de los casos más frecuentes. Cubre las deudas del negocio: proveedores, préstamos ICO, financiación de maquinaria, cuotas de autónomo atrasadas y descubiertos.

Puedes seguir dado de alta y trabajando mientras se tramita. No tienes que cerrar para acogerte.

¿Y lo que debo a Hacienda y a la Seguridad Social?

Desde la reforma de 2022 también entra, aunque con un tope: la ley fija un máximo que puede perdonarse de cada uno de esos organismos. Lo que quede por encima suele poder aplazarse.

Te calculamos la cifra exacta de tu caso antes de empezar, para que sepas con qué te quedas.

¿Dónde trabajáis?

En toda España. Llevamos expedientes en Madrid, Barcelona, Valencia, Sevilla, Málaga, Zaragoza, Murcia, Bilbao y cualquier otro partido judicial.

Casi todo se tramita de forma telemática, así que no necesitas desplazarte. Si prefieres vernos la cara, hacemos videollamada.

¿Puedo acogerme yo?

Toca las respuestas. Son 3 preguntas y no hay que escribir nada.

Comprueba tu caso

Gratis · 1 minuto · Sin compromiso

¿Cuánto dinero debes en total?

Suma todo, más o menos. No hace falta que sea exacto.

¿Tienes una casa a tu nombre?

Da igual si aún la estás pagando. Contesta lo que haya.

¿Cobras algo cada mes?

Nómina, paro, pensión, ayuda… lo que sea.

Tu caso se puede estudiar.Ahora un abogado tiene que mirarlo contigo. Te llamamos nosotros y te lo explicamos gratis.

No es obligatorio. Puedes enviarlo sin rellenarlo.

Te llama un abogado. No te vamos a molestar con publicidad.

Enviando…

¿Prefieres llamar tú? 601 10 58 75

¡Listo, gracias!

Te llamamos lo antes posible desde el 601 10 58 75. Si ves ese número, somos nosotros.

Cómo lo hacemos

Tú solo cuentas tu caso. Del papeleo nos encargamos nosotros.

Hablamos contigo

Nos cuentas cuánto debes y a quién. Te decimos claro si es viable. Esto es gratis.

Reunimos la documentación

Te decimos exactamente qué documentación hace falta. Si lo prefieres, nos encargamos nosotros de pedirla por ti.

Vamos al juzgado

Tu abogado presenta el caso y te acompaña hasta que consigues borrar tus deudas. Tú estás informado en cada paso.

Esto no es un anuncio. Es la ley.

Aquí tienes los documentos oficiales del Estado. Míralos tú mismo o enséñaselos a quien quieras.

¿Cuánto cuesta?

Te lo decimos antes de empezar. Por escrito. Y no cambia.

Precio cerrado y por escrito
antes de empezar nada

  • Te damos el presupuesto por escrito, con todo lo que incluye.
  • Sabes el total desde el primer día y no cambia por el camino.
  • Si hay gastos del juzgado, te avisamos antes de que se generen.
  • Saber si puedes acogerte no cuesta nada.
  • Si tu caso no encaja, te lo decimos y no pagas.
Sin extras

Todo incluido

Un solo precio. Nada aparte, nada después.

  • Apoderamiento
  • Poderes notariales
  • Procurador
  • Recursos
  • Asistencia a vistas

Todo lo que aparece en esta lista va dentro del presupuesto. No te llegará ninguna factura extra por estos conceptos.

Quiero saber mi precio

Nuestros resultados

Deuda que ya no existe

No son promesas ni cálculos. Es dinero que nuestros clientes debían y que un juez canceló.

en deudas canceladas

Préstamos, tarjetas, financieras y créditos rápidos que nuestros clientes ya no tienen que pagar.

en deuda pública exonerada

Lo que se debía a Hacienda y a la Seguridad Social, dentro de los límites que marca la ley.

de tasa de éxito

De los expedientes que presentamos, prácticamente todos terminan con las deudas canceladas.

Preguntas frecuentes

Toca la pregunta para ver la respuesta.

Gente como tú

Ya lo han hecho y hoy duermen tranquilos.

★★★★★

«Debía 42.000 € de tarjetas. Pensaba que era para toda la vida. Ahora no debo nada y me quitaron de la lista de morosos.»

MManuel R.Sevilla
★★★★★

«Me daba vergüenza contarlo. Me trataron bien desde el primer día y me lo explicaron sin palabras raras.»

CCarmen L.Barcelona
★★★★★

«Cerré el bar con deudas y creía que había acabado. Empecé otra vez sin nada encima. Ojalá lo hubiera sabido antes.»

JJuan A.Murcia

¿Ya eres cliente? Cuenta cómo te fue

Tu opinión ayuda a otra persona que hoy está como estabas tú. Se tarda un minuto.

Al enviarla se abrirá también Google para que, si quieres, la dejes allí con un solo toque. Puedes cerrarlo si prefieres no hacerlo.

¡Gracias de verdad!

Hemos recibido tu opinión. La revisamos y la publicamos en la web enseguida.

Deja de dar vueltas a lo mismo

Una llamada gratis y sales de dudas. Respira de nuevo y avanza sin deudas.

Llamar gratis WhatsApp